Tienen por objeto garantizar la recuperación de las condiciones que les permitan llevar una vida digna y su incorporación a la vida social, polĆtica y económica, para alcanzar el goce efectivo de los derechos que les hayan sido vulnerados.
Para la aplicación de este componente, y de acuerdo con los Decretos Ley, es menester aplicar el enfoque diferencial y étnico y el respeto a los usos y costumbres de los pueblos y comunidades étnicas, evitando acciones con daño o trato discriminatorio.
ResolucioĢn 01126 de 2015 SSV
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