El Grupo de Asuntos Electorales tiene como principales objetivos:
- Brindar asesoría en asuntos jurídicos electorales
- Coordinar la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral- URIEL
- Realizar las Comisiones nacionales y territoriales de seguimiento electoral
- Diseñar e implementar estrategias para articular el Plan Nacional de Garantías Electorales
- Fortalecer la participación política y los nuevos liderazgos
Entre las funciones del grupo también se encuentran:
- Coordinar y monitorear los procesos electorales
- Promover la incidencia de la participación ciudadana de los partidos y movimientos políticos.
- Atender peticiones y consultas relacionadas con asuntos electorales, al igual que las relacionadas con inhabilidades e incompatibilidades de los candidatos a cargos de elección popular.
- Coordinar con las autoridades competentes la agilización de trámites y de investigaciones que atenten contra la transparencia de los procesos electorales.
Nuestras acciones están regidas por la siguiente normatividad:
- Decreto-Ley 2241 de 1986 (Código Electoral)
- Ley 130 de 1994 (Partidos Políticos)
- Ley 131 de 1994 (Voto Programático)
- Ley 617 de 2000 (Inhabilidades e incompatibilidades)
- Ley 815 de 2000 (Estímulos electorales)
- Ley 974 de 2005 (Ley de Bancadas)
- Decreto 1465 y 810 de 2007 (Comisión seguimiento electoral URIEL)
- Ley 1475 de 2011 (Organización y funcionamiento de los partidos)