Peticiones, Quejas, Reclamos,
Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones
Los ciudadanos pueden ejercer su derecho a comunicarse con el Ministerio del Interior presentando sus peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias o felicitaciones a través de nuestra página web, conforme a la normatividad vigente.
Importante:
Si desea presentar una solicitud relacionada con nuestros trámites, servicios o el desempeño de nuestros servidores, le invitamos a revisar las definiciones de cada tipo de recurso. Esto le permitirá clasificar adecuadamente su solicitud y recibir una respuesta ajustada a su necesidad.
¿Qué es una Petición?
Es el derecho que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta respuesta. no tiene costo y puede hacerse personalmente sin necesidad de un tercero. Los menores de edad pueden también presentar peticiones a las entidades dedicadas a su protección, sin necesidad de ser representadas por un mayor de edad. Artículo 13 de la Ley 1755 de 2015.
¿Qué es una Queja?
Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en el desarrollo de sus funciones.
¿Qué es un Reclamo?
Es todo derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.
¿Qué es una Sugerencia?
Recuerda que es importante saber tu opinión y conocer tus consejos para mejorarlo.
¿Qué es una Denuncia?
Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatoria o ético profesional.
¿Qué es una Felicitación?
Es una expresión de gusto, satisfacción o agradecimiento, sobre una actividad vivida. En la que se enfatiza la buena labor y se estimula a continuar en la misma tónica. No requiere respuesta, pero darla proyecta una mejor imagen y da la sensación de ser atendido.
INSTRUCTIVO
de usuarios PQRSDF
RADICACIÓN
de PQRSDF Y trámites
Requisitos para presentar una PQRSDF:
- Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso.
- Documentos de identidad.
- Dirección de notificación y teléfono de contacto.
- Objeto o motivo de la PQRSDF.
- Las razones en que se fundamenta. Tiempos establecidos por la Ley para dar respuesta: (10) días peticiones de información
(15) días peticiones generales
(30) días peticiones de consulta

