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Dirección de Asuntos para
Comunidades Negras,
Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras

Misionalidad

Formulamos y apoyamos el seguimiento a las políticas públicas en favor de la población Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palanquera, a través de la implementación de programas de asistencia técnica y social que trabajen por la protección y promoción de los derechos de las comunidades mediante proyectos y programas de fortalecimiento a los procesos organizativos.

 

Líneas estratégicas

1
Asesorar en la formulación y seguimiento de la política pública orientada al reconocimiento, protección y desarrollo de la diversidad étnica y cultural para las comunidades.
2
Diseñar programas de asistencia técnica y social de apoyo a las comunidades.
3
Coordinar de forma interinstitucional espacios de participación para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras para promover la participación de las organizaciones y autoridades que los representan.
4
Apoyar los procesos de consulta previa y de medidas legislativas y administrativas del nivel nacional, que involucren a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
5
Realizar el Registro Público Único Nacional de los consejos comunitarios, organizaciones de base, y representantes de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
6
Propender por la conservación de las costumbres y la protección de conocimientos tradicionales, en coordinación con las entidades y organismos competentes.
7
Promover la resolución de conflictos de conformidad con los usos y costumbres de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
8
Promover en coordinación con el Sistema Nacional Ambiental la formulación de agendas ambientales conjuntas con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
9
Realizar seguimiento a la implementación y desarrollo de la Catedra de Estudios Afrocolombianos conforme a los currículos correspondientes y conforme a la política de etno-educación.
10
Brindar asistencia técnica en el acceso a los recursos de regalías para la realización de proyectos que beneficien de las comunidades.
11
Realizar acompañamiento de las acciones para el cumplimiento de los compromisos del Plan Nacional de Desarrollo Pueblos y Comunidades Étnicas.
12

Brindar asesorías técnicas para promover el conocimiento y difusión de los derechos de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, su protección y defensa, velando por el reconocimiento, integridad y desarrollo de la diversidad étnica y cultural.

13

Diseñar herramientas de seguimiento y monitoreo para las políticas, planes, programas y proyectos que beneficien a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras.

Amelia Rocío Cotes Cortés

Amelia Rocío Cotes Cortés
Directora

Abogada y defensora de derechos humanos, nacida en Valledupar, Cesar. Especialista en Educación, Cultura y Política; Magíster en Administración y Políticas Públicas; Maestranda en Derechos Humanos y Sistemas de Protección y doctoranda en Políticas Públicas.

Cuenta con más de 19 años de experiencia en el sector público, privado, cooperación internacional y organizaciones de derechos humanos.

Su trayectoria incluye liderazgo en políticas públicas, formulación de proyectos sociales y de inversión, así como docencia universitaria e investigación social.

Ha ocupado cargos como directora de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior, secretaria de Gobierno y Alcaldesa (ad hoc) de Santa Marta, coordinadora Regional en el Centro Nacional de Memoria Histórica, y asesora en la Oficina Asesora de Paz de la Gobernación del Magdalena; asesora en la Oficina Asesora de Paz de la Gobernación del Magdalena; ha trabajado de la mano con comunidades afrodescendientes, indígenas, campesinas y víctimas del conflicto armado, y ha sido consultora en proyectos de cooperación internacional con entidades como PNUD y ONU Mujeres, entre otros.

Reconocida como Mujer Caribe 2015 y condecorada con la Medalla al Mérito como Ciudadana Ejemplar 2019. Hoy lidera la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, reafirmando su compromiso con la garantía de los derechos étnicos en Colombia.

Planes y/o políticas

clear

 

 

Fondo Especial de Créditos Educativos de Comunidades Negras-FECECN:

 

En atención a las disposiciones del decreto 1627 de 1996, por el cual se reglamenta el artículo 40 de la Ley 70 de 1993 y se crea el Fondo Especial de Créditos Educativos administrados por el ICETEX para estudiantes de los Pueblos y Comunidades Negras de escasos recursos económicos, que se destaquen por su desempeño académico con buena formación educativa, para el acceso a la educación superior conducente a la capacitación técnica, tecnológica, artes y oficios

Banco de Iniciativas

El Banco de Iniciativas para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, creado en el año 2020, surge como una estrategia del Ministerio del Interior orientada a mejorar las condiciones de vida y promover el auto sostenimiento de estas comunidades, a través de la financiación y acompañamiento técnico a iniciativas que fortalezcan su desarrollo integral. Esta estrategia constituye un instrumento de diálogo social con inversión, que promueve la reactivación económica en los territorios, impulsa el fortalecimiento de la infraestructura y del tejido social, fomenta la promoción, protección y defensa de los derechos humanos, y contribuye a la preservación y recuperación de la cultura ancestral.

El desarrollo del Banco de Iniciativas ha permitido otorgar incentivos simbólicos a personas, estudiantes, organizaciones e instituciones pertenecientes a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, que mediante sus acciones ejemplares y transformadoras han aportado significativamente al fortalecimiento organizativo, cultural, social y económico de sus comunidades.

Expedición de certificados de exoneración de la prestación del servicio militar obligatorio

 

Acción que da cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia C-433 de 2021, en la cual la Corte Constitucional declara “EXEQUIBLE la expresión “indígenas”, contenida en el literal j) del artículo 12 y en el literal b) del parágrafo del artículo 26 de la Ley 1861 de 2017, bajo el entendido de que esta incluye a los miembros de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras”, desde la entrada en vigencia de la sentencia hasta la fecha se han aprobado 397 solicitudes de autorreconocimiento para la exoneración en la prestación del servicio militar obligatorio.

Garantía de la consulta previa de medidas legislativas y administrativas de carácter general

 

Desde la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras se ejerce la secretaría técnica del Espacio Nacional de Consulta Previa, tal como lo dispone el decreto 1372 de 2018 y de la Comisión Consultiva de Alto Nivel, según lo establecido en el decreto 1640 de 2020, instancias desde las cuales se ha logrado entre otras acciones, la expedición de la ley 2160 de 2020, de la capacidad de los consejos comunitarios y organizaciones de base de las comunidades negras para contratar directamente con el Estado; la expedición del decreto 1640 de 2020, respecto a la conformación y reglamentación de la Comisión Consultiva de Alto Nivel de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras; se acompañó la consulta previa de la Ley 2056 de 2020, la cual modificó el Sistema General de Regalías conformando una instancia propia para las comunidades negras, la cual se encargará de viabilizar los proyectos presentados por los consejos Comunitarios susceptibles a ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías; en coordinación con la UARIV, se logró la prórroga del Decreto 4635 de 2011, lo que beneficia a todas las víctimas pertenecientes a comunidades negras reconocidas en el Registro Único de Victimas – RUV.»

Trámites 

  • Registro Público Único Nacional de Consejos Comunitarios de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Actualización en el Registro Público Único Nacional de Consejos Comunitarios de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Registro Público Único Nacional de Organizaciones de Base de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Actualización en el Registro Público Único Nacional de Organizaciones de Base de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Registro Público Único Nacional de formas y Expresiones Organizativas de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Actualización en el Registro Público Único Nacional de Formas y Expresiones Organizativas de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Certificación de inscripción de Consejos Comunitarios de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Certificación de inscripción de Organizaciones de Base de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Certificación de inscripción de Formas y Expresiones Organizativas de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
  • Certificación de auto-reconocimiento como miembro de la comunidad Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palanquera de solicitud de cupo y/o descuento educativo Certificación de exoneración a los miembros de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras de prestar el servicio militar obligatorio y de pagar la cuota de compensación militar.

Conoce las Funciones de la Dependencia

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2893 de 2011 y demás normas complementarias, tiene las siguientes funciones:

1

Asesorar en la formulación y apoyar el seguimiento de la política pública orientada al reconocimiento, protección y desarrollo de la diversidad étnica y cultural para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, que vele por su integridad y promueva sus derechos.

2

 

 

Diseñar programas de asistencia técnica y social de apoyo a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

3

 

Coordinar interinstitucionalmente la realización de los espacios de participación para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras previstos se integra el por la ley, y promover la participación de las organizaciones y autoridades que los representan.

4

 

Diseñar y ejecutar programas y proyectos de fortalecimiento de los procesos organizacionales de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

5

 

Apoyar a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior en la realización de los procesos que se realicen en terreno para proyectos de desarrollo que afecten a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

6

 

Coordinar y realizar los procesos de consulta previa para la adopción de medidas legislativas y administrativas del nivel nacional, de conformidad con los lineamientos acordados para el efecto.

7

 

Llevar el registro único nacional de los consejos comunitarios, organizaciones de base, y representantes de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

8

 

Propender por la conservación de las costumbres y la protección de conocimientos tradicionales, en coordinación con las entidades y organismos competentes.

9

 

Promover con los diferentes niveles de Gobierno, la incorporación de un enfoque que reconozca positivamente las diferencias para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en políticas, planes, programas y proyectos especiales sectoriales.

10

 

 

Prestar asesoría a las gobernaciones y alcaldías para la debida atención a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

11

 

 

Promover la resolución de conflictos de conformidad con los usos y costumbres de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

12

 

Promover en coordinación con el Sistema Nacional Ambiental la formulación de agendas ambientales conjuntas con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

13

 

 Proponer proyectos de ley o de actos legislativos, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Asuntos Legislativos, en materia de su competencia.

14

 

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

15

 

 

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

16

 

 

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Noticias 

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El Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, informa que entre el 20 de octubre y el 4 de diciembre de 2025 se llevará a cabo el proceso de calificación de los proyectos estudiantiles presentados en el marco del Fondo Especial de Créditos Condonables (FECECN), para garantizar el acceso a la educación superior de la población Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palenquera.

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