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Raúl Fabián Endo Lara

Grupo de Control Disciplinario Interno

Funciones Grupo Disciplinario:

En el Ministerio del Interior, mediante la Resolución 1977 del 23 de septiembre de 2011, se creó el Grupo Interno de Trabajo en la Estructura Funcional del Ministerio, denominado: Grupo de Control Disciplinario Interno. Dicha Resolución fue modificada por la Resolución 456 del 28 de marzo 2022 que en su contenido dice:

Artículo 1. Crear y organizar en el Ministerio del Interior el Grupo Interno de Trabajo de Control Disciplinario Interno, dependiente del Despacho del Ministro, para el cual se establecen las funciones que se relacionan a continuación:

  1. Investigar de manera integral a los servidores públicos del Ministerio, aunque se encuentren retirados del servicio. en la etapa de instrucción de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes en materia disciplinaria.
  2. Actuar como operador disciplinario coordinando el Grupo de Control Disciplinario Interno del Ministerio en la etapa de instrucción, profiriendo las decisiones que se requieran sobre la materia.
  3. Llevar los registros y controles de todos los documentos relacionados las investigaciones y procesos disciplinarios adelantados en el Ministerio. suministrando la información a la Procuraduría General de la Nación u otra autoridad competente, cuando lo soliciten.
  4. Orientar y asistir a las demás dependencias del Ministerio en la preservación del orden interno.
  5. Solicitar al Ministro la designación de investigadores especiales cuando sea el caso.
  6. Rendir los informes que solicite el Ministro o autoridad competente sobre el desarrollo de sus funciones.
  7. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
  8. Cumplir con las directrices y solicitudes de la Oficina de Información Pública del Ministerio del Interior, en asuntos relacionados en materia disciplinaria.
  9. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
  10. Mantener organizados los registros de conformidad con las tablas de retención documental.
  11. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza del grupo interno de trabajo.

Quedando el Grupo de Control Disciplinario Interno, exclusivamente para adelantar la instrucción en los procesos disciplinarios que se adelanten contra servidores y ex servidores públicos del Ministerio del Interior y pasando en la estructura al despacho del señor Ministro del Interior.