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Dirección
de Asuntos Religiosos

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Misionalidad

Somos los responsables de promover y garantizar el respeto al derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos en Colombia, establecido en el artículo 19 de la Constitución Política, la Ley Estatutaria 133 de 1994 y el Decreto 437 de 2018, que dio lugar a la expedición de la Política Pública de Libertad Religiosa y de Cultos.

Líneas estratégicas

1
Coordinar, desarrollar y evaluar la implementación de la Política Pública Integral de Libertad Religiosa y de Cultos.
2
Participar en la ejecución de la política pública, planes, programas y proyectos relacionados con la libertad e igualdad religiosa y de cultos, y realizar el seguimiento necesario para garantizar su cumplimiento.
3
Implementar acciones orientadas a fomentar el diálogo interreligioso entre los sectores religiosos nacionales e internacionales y las diferentes entidades estatales.
4
Promover la participación activa de entidades y organizaciones del sector religioso, a nivel local, regional y nacional, en políticas, programas, proyectos e instancias relacionados con la construcción de paz, justicia, verdad, perdón y reconciliación, así como en temas vinculados a la libertad religiosa, de cultos y de conciencia.
5
Realizar estudios, investigaciones, análisis, caracterizaciones y mapeos para fortalecer el conocimiento, la comprensión y la divulgación del fenómeno religioso y la pluralidad de cultos en el país, con el fin de contribuir a diagnósticos y propuestas que garanticen la vigencia de estos derechos.
6
Promover y facilitar la inclusión de organizaciones sociales y entidades religiosas en programas, proyectos y acciones de trabajo social, fortalecimiento del tejido social y construcción del bien común, ofertados por entidades gubernamentales o privadas.
7
Suministrar asistencia técnica sobre la política pública a entidades públicas, privadas y organismos de control, entre otros.
8
Brindar asistencia técnica a las entidades territoriales en el desarrollo del derecho a la libertad religiosa y de cultos, fomentando su inclusión en planes, programas, proyectos y políticas territoriales, así como en la aplicación de la Política Pública Integral de Libertad Religiosa a nivel nacional y territorial.
9
Implementar, ejecutar, realizar el seguimiento y evaluar las iniciativas del Banco de Proyectos Interreligiosos (BIIR).
10
Gestionar y mantener actualizado el archivo documental de la Mesa Nacional del Sector Religioso.
11
Coordinar y emprender acciones para la articulación intersectorial, interinstitucional y territorial del Sistema Nacional de Libertad Religiosa, de Cultos y Conciencia, enfocado en el diálogo social, la paz total, la igualdad y la no estigmatización.
12
Articular espacios interreligiosos, tales como el Comité Nacional de Participación y Diálogo Social e Intersectorial de Libertad Religiosa, la Mesa Nacional del Sector Religioso, y los consejos, comités y mesas territoriales para el diálogo social interreligioso, multitemático y multisectorial.
13
Atender peticiones y consultas jurídicas exclusivamente relacionadas con la Política Pública de Libertad Religiosa y de Cultos.
14
Apoyar los trámites necesarios para la negociación y desarrollo de convenios de derecho público interno en materia de libertad e igualdad religiosa y de cultos.
15
Presentar los informes y reportes requeridos, tanto interna como externamente, relacionados con la política pública.
16
Articular estrategias institucionales, multisectoriales y de cooperación internacional para la promoción, garantía y prevención del derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos en Colombia.

Iniciativas

1
Fortalecimiento del Ministerio del Interior en lo relacionado con el derecho a la libertad religiosa y de cultos de manera integral, incluyendo el fortalecimiento institucional, la actualización de formatos y protocolos en asuntos religiosos.
2
Modificación de instrumentos y normatividad vigente que reconozcan las nuevas realidades en la aplicación del derecho a la libertad religiosa y de cultos, destacando su pluralidad y diversidad, así como su incidencia en los ámbitos religioso, social, cultural y educativo.
3
Fortalecimiento de la articulación intersectorial, interinstitucional, multisectorial y territorial en el marco de la garantía del derecho a la libertad religiosa y de cultos.
4
Identificación y posicionamiento del aporte de las entidades religiosas y sus organizaciones al bien común, la resolución de conflictos, la convivencia pacífica en la familia, la paz, la cohesión social y la transformación de contextos comunitarios.
5
Divulgación y promoción del conocimiento de la normatividad, así como del hecho y la cultura religiosa en Colombia.

Programas

  • Implementación del Sistema Nacional de Libertad Religiosa y de Cultos, Diálogo Social, Paz Total, Igualdad y No Estigmatización – SINALIBREC, lo cual implica el posicionamiento y participación del sector religioso, en común acuerdo con la institucionalidad.
  • Caracterización del sector religioso en el país.
  • Impulso y coordinación en la implementación de la Política Pública Integral de Libertad Religiosa.
  • Negociación de Convenios de Derecho Público Interno entre entidades religiosas y el Estado Colombiano.
  • Conformación de la Red Humanitaria Interreligiosa.
  • Financiación del Banco de Iniciativas Interreligiosas – BIIR
  • Construcción de la Red Académica.

Trámites

Administrar el Registro Público de Entidades Religiosas.
Inscribir en el respectivo Registro Público al representante legal de las entidades religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior.
Caracterización de las Entidades Religiosas y sus organizaciones

Conoce las Funciones de la Dependencia

Son funciones de la Dirección de Asuntos Religiosos de acuerdo con lo establecido en el artículo 16A del Decreto Ley 2893 de 2011 adicionado por el artículo 8 del Decreto 1140 de 2018, las siguientes:

1

Asesorar y apoyar técnicamente al Ministro del Interior en la formulación, adopción, dirección, coordinación, ejecución y seguimiento de las políticas públicas, planes, programas y proyectos en materia de libertad e igualdad religiosa, de cultos y de conciencia y el aporte al bien común de las entidades y organizaciones del sector.

2

 

lmpulsar los trámites y documentos necesarios para la negociación y desarrollo de los convenios de derecho público inferno en materia de libertad e igualdad religiosa, de cultos y de conciencia, de acuerdo con la potestad del Estado prevista en la Constitución Política y la Ley.

3

 

Proyectar y tramitar, dentro del marco general de competencias del Ministerio, los actos, intervenciones, estudios, programas e investigaciones relacionados con la libertad de cultos y el derecho a profesar libremente una religión o credo, en forma. individual o colectiva.

4

 

Desarrollar, en coordinación con las entidades competentes, de los niveles nacional y territorial, acciones tendientes a la consolidaci6n de una cultura de igualdad religiosa, de cultos y de conciencia.

5

Asesorar, acompañar y articular a las entidades territoriales en la formulación de políticas públicas y acciones en materia de libertad e igualdad religiosa, de cultos y de conciencia para el fortalecimiento, reconocimiento, participación y acción social, cultural y educativa de las organizaciones sociales del sector religioso y las entidades

6

 

Coordinar, con las diferentes instancias competentes en la materia, las acciones tendientes a generar el diálogo interreligioso, político entre los sectores religiosos nacionales e internacionales y las diferentes dependencias estatales.

7

 

Promover, garantizar y fortalecer la participaci6n ciudadana de las entidades y organizaciones del sector religioso.

 

8

 

Promover y promocionar la participación de las entidades y organizaciones del sector religioso a nivel local, regional y nacional en las políticas, programas, proyectos e instancias para la construcci6n de paz, justicia, verdad, perdón, reconciliación.

9

Conformar, dentro del marco general de competencias del Ministerio, instancias de participación que desarrollen aspectos relacionados con la libertad religiosa, de cultos y conciencia en forma individual o colectiva, y su actuar social e incidencia publica en los términos de la Ley Estatutaria 133 de 1994 y el bloque de constitucionalidad en esta misma materia.

10

Promover o adelantar estudios e investigaciones, análisis, caracterizaciones y mapeos, en especial con los centros universitarios, investigativos y de formación religiosa, para el conocimiento, comprensión y divulgación del hecho y la pluralidad religiosa y de cultos en el país, que contribuyan al diagn6stico y la elaboraci6n de propuestas tendientes a garantizar la vigencia de los mismos.

11

 

Promover y articular la inclusión de las organizaciones sociales del sector religioso y entidades religiosas, en los programas, proyectos y acciones de trabajo social, construcción del tejido social y bien como que oferten las entidades gubernamentales o de carácter privado, en términos de igualdad.

12

 

Proponer, discutir y formular proyectos normativos, en coordinación con la Dirección de Asuntos Legislativos del Ministerio del Interior y la Oficina Asesora Jurídica, sobre los derechos de libertad religiosa, de cultos y conciencia, y el derecho individual a profesar una religión

13

 

Expedir e inscribir los actos administrativos que reconozcan o rechacen personería jurídica a las iglesias, confesiones y denominaciones religiosas, sus federaciones, confederaciones y asociaciones de ministros, en armonía con Jo previsto en el artículo 9 de la Ley Estatutaria 133 de 1994.

14

 

Expedir e inscribir los actos administrativos que extiendan los efectos jurídicos de las personerías jurídicas especiales reconocidas por el Ministerio, a los entes religiosos afiliados o asociados.

 

Nuestros Servicios

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Asesoría y Asistencia Jurídica en:
 

  • El reconocimiento de la personería jurídica de las entidades religiosas, especiales o extendidas.
  • El proceso de elección y designación y los dignatarios (persona que representa la entidad religiosa) de las entidades religiosas.
  • La elaboración y reforma de los estatutos de las entidades religiosas.
  • El marco jurídico de la libertad religiosa.

 
https://asuntosreligiosos.mininterior.gov.co/politica-publica/implementacion-y-decreto

http://asuntosreligiosos.mininterior.gov.co/politica-publica/decreto-e-implementacion/informe-de-ejecucion

Asesoría y Asistencia Técnica a las Entidades Territoriales en:
 

  • La coordinación Nación – Territorio para la promoción del derecho de la libertad religiosa y de cultos.
  • La implementación territorial de la política pública de libertad religiosa
Asesoría y Asistencia Técnica a las Entidades Religiosas y sus Organizaciones en:
 

  • El Fortalecimiento de las instancias de participación del sector religioso en los territorios
  • Fomentar la participación ciudadana en materia de libertad religiosa y no estigmatización por motivos religiosos.
  • Impulsar el reconocimiento de la red humanitaria interreligiosa.
  • Impulsar las alianzas estratégicas para la construcción de la paz.
  • Fortalecimiento de la red académica interreligiosa.
Promoción y Difusión de:

 

  • Las garantías, y el respeto del ejercicio del derecho de la libertad religiosa.
  • La participación del sector religioso con los enfoques de género, rural y jóvenes.

Preguntas Frecuentes 

Directorio