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Personerías Jurídicas Especiales

La personería jurídica o personalidad jurídica, se define como aquella persona ficticia capaz de ejercer derechos y de contraer obligaciones y de ser representada judicial y extrajudicialmente. Es una institución que existe y es creada por una o más personas físicas para cumplir un objeto social que puede ser con o sin ánimo de lucro.

 

La Personería Jurídica Especial es una atribución que el Estado le confiere a través del Ministerio del Interior, a las Iglesias, Confesiones y Denominaciones Religiosas, sus Federaciones y Confederaciones y Asociaciones de Ministros, que les otorga la facultad de adquirir derechos y contraer obligaciones. La personería jurídica especial es el tipo de personería específicamente previsto en el derecho colombiano para las iglesias y confesiones religiosas no católicas que desean ser claramente identificadas como tales en la vida social y que le permite al ente religioso el desarrollo institucional y público de sus actividades, con pleno reconocimiento de su naturaleza religiosa, y la protección específica de su autonomía reconocida por la Ley Estatutaria