La iniciativa propone registros públicos de intereses, financiadores de campañas y proyectos de inversión postulados por congresistas, además de reglas para identificar los conflictos de intereses.
Bogotá, D.C., 14 de octubre de 2026 (@MinInterior). El ministro del Interior, Rodrigo Lara Restrepo, radicó hoy ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes, junto con congresistas, el proyecto de acto legislativo que modifica los artículos 180, 182, 183 y 346 de la Constitución Política, con el propósito de fortalecer la transparencia y la probidad en el ejercicio de la actividad legislativa.
La iniciativa busca que los ciudadanos puedan conocer los intereses declarados por los congresistas, los financiadores de sus campañas y los proyectos de inversión que postulan para beneficiar a sus regiones. Para ello, propone establecer registros públicos que permitan consultar esta información y dar mayor transparencia a las gestiones relacionadas con el Congreso de la República.
Uno de los principales cambios consiste en permitir que los congresistas postulen proyectos de inversión pública en beneficio de los departamentos, municipios y sus habitantes, sin que esta gestión constituya por sí misma una incompatibilidad o un conflicto de intereses. Para ello, deberán inscribir las iniciativas en un registro público y abstenerse de intervenir en la adjudicación, celebración o ejecución de los contratos derivados.
Además, ni el congresista ni los financiadores de su campaña podrán obtener un beneficio particular y determinado de los proyectos o contratos postulados. De esta manera, la propuesta establece límites entre la gestión de iniciativas para las regiones y la participación en los procesos de contratación.
En cuanto a su financiación, los proyectos podrán ser incluidos por el Gobierno Nacional en el proyecto de Presupuesto General de la Nación o financiarse durante la vigencia fiscal con recursos de inversión del presupuesto y de los fondos especiales del orden nacional, conforme a los procedimientos que establezca la ley orgánica.
En materia de conflictos de intereses, la propuesta precisa que estos se configuran cuando existe un beneficio particular y determinado para el congresista, su cónyuge o compañero permanente, determinados familiares o sus socios. También establece que la financiación de campaña legalmente registrada, así como los intereses comunes de un sector económico, social o regional, no constituyen por sí solos un conflicto de intereses.
A su vez, la iniciativa contempla consecuencias por ocultar información en la declaración pública de intereses, al incorporar esta conducta entre las causales de pérdida de investidura previstas en la Constitución Política. El proyecto establece que, dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigencia del acto legislativo, el Congreso deberá expedir una ley orgánica para reglamentar los registros públicos de intereses, financiadores de campañas y postulaciones de proyectos, así como las demás disposiciones necesarias para aplicar la reforma.
Con esta iniciativa, el Gobierno Nacional pone a consideración del Congreso nuevas reglas para que la ciudadanía tenga mayor acceso a la información sobre la actividad legislativa, conozca las gestiones de sus representantes y pueda identificar los intereses relacionados con las decisiones que se toman en el Legislativo.
Ministerio del Interior


