Radicado: 2025-2-004001-007773 Id: 507412
Comunicación Auto de terminación y archivo – Exp.074-2024
Señor: Anonimo
Radicado: 2025-2-004001 Id: 506591
Comunicación Auto Inhibitorio del 5 de marzo de 2025
Referencia: Exp 020-2025
2025-1-003120-010800 Id: 492540
“Se informa a la comunidad que en el DESPACHO VEINTIUNO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA mediante auto del 5 de febrero de 2025, se admitió la demanda promovida en ejercicio del medio de control de PROTECCIÓN DE DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS -ACCIÓN POPULAR- por los señores BLANCA LIGIA BAILARÍN SINIGUI, ALVARO BAILARINMAJORE, EUCLIDES BAILARIN CARUPIA, MARIO DOMICO BAILARIN MAYOR, OSCAR DARIO DOMICO, GERARDO SINIGUI, JESUS BAILARIN, DORIS ELENA BAILARIN BAILARIN, HERNANDO ALFONSO DOMICO DOMICO, HUMBERTO DOMICO DOMICO, HERNAN DARIO BAILARIN, LUIS ALBERTO SINIGUI, OSCAR BAILARIN PERNIA, CARLOS ALBERTO MAJORE BAILARIN, PATRICIO BAILARIN, HERNIQUE DOMICO, VICTOR SINIGUI JUMI, JAIRO SINIGUI, HARNANDO MAJORE DOMICO, GUILLERMO SAPIA, AROLDO DE JESUS DOMICO, MAURICIO MUNERA, CHARIN BAILARIN BAILARIN, JOSE NEL CAPURIA, HERNANDO MAJORE, MARCOS BAILARIN, NEVARDO CARUPIA, SILVIO BAILARIN, ALONSO SINIGUI CAPURIA y MARIO BAILARIN, en contra de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD y donde fueron vinculados el MUNICIPIO FRONTINO, PERSONERIA MUNICIPAL DE FRONTINO, PROCURADURIA REGIONAL DE ANTIOQUIA, MINISTERIO DEL INTERIOR – DIRECCIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS ROM Y MINORÍAS y el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL bajo el radicado bajo el número 05001-23-33-000-2025-00063-00, la cual tiene como pretensiones:.” 1- Se ordene a la accionada a realizar traslados masivos de EPS según nuestra base censal y lo ya solicitado a EPS FAMILIAR DE COLOMBIA 2- Se ordene a las entidades públicas Personería Municipal, Procuraduría Regional de Antioquia, Superintendencia de Salud y Seccional de Salud Departamental de Antioquia emitir informe de lo solicitado el día 5 de noviembre del presente año por nuestras comunidades indígenas de Frontino Antioquia. 3- Solicitamos se vincule a esta acción popular al Ministerio del Interior Oficinas para Asuntos Indígenas para que nos realicen el acompañamiento debido a este proceso. 4- Solicitamos Medidas Provisional para evitar un daño irreparable.”
COMUNICA ACTUACION PROCESAL RAD 2025-00063-00 – 05001233300020250006300_40
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA
SALA SÉPTIMA DE ORALIDAD MAGISTRADO PONENTE: CARLOS CRISTOPHER VIVEROS ECHEVERRI
COMUNICA ACTUACION PROCESAL RAD 2025-00063-00 – 05001233300020250006300_58
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA
SALA SÉPTIMA DE ORALIDAD MAGISTRADO PONENTE: CARLOS CRISTOPHER VIVEROS ECHEVERRI
Notificación sentencia Radicado N. 3-2020-00105
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTIAGO DE CALI
Referencia: Restitución de Derechos Territoriales Indígenas
Solicitante: Pueblo Indígena Emberá Chamí del Resguardo del Cañón del Río Garrapatas
Radicado: 760013121003 2020 00105 00
Sentencia: Nro. R-04 – Concedida
Radicado 2024-2-003301-009036 Id: 295966
Señor: ANONIMO
Asunto: Traslado por Competencia radicado 2024-1-001303-005343 Id Control: 271226
Remitente: Dirección para la democracia, la participación ciudadana y la acción comunal
«(…) ORDENAR al ICETEX, AL MINISTERIO DE INTERIOR Y MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL que por su intermedio se publique el presente trámite constitucional en su portal web a fin de que los participantes de la CONVOCATORIA DEL FONDO ÁLVARO ULCUÉ CHOCUÉ 2023-2. puedan hacerse parte de la presente acción constitucional, si lo desean; para lo cual las entidades accionadas deberán enviar a este Despacho constancia de la publicación en sus portales web. (…)»
Proceso: Acción de tutela con medida provisional
Accionante: Angie Lizeth Rodriguez Oyola
Accionados: MESA TÉCNICA FONDO ALVARO ULCUE CHOCUE (Un (1) delegado de la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC convoz y voto, Un (1) delegado de la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de laAmazonia Colombiana – OPIAC con voz y voto, Un (1) delegado de Autoridades Indígenas de Colombia – AICO con voz y voto, Un (1) delegado de Confederación Indígena Tayrona – CITcon voz y voto, Un (1)
delegado de Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia – GOBIERNO MAYOR con voz y voto, Un (1) delegado de la Comunidad del Resguardo dePueblo Nuevo zona Sa´th Tama Kiwe, en reivindicación a la memoria al padre Álvaro Ulcué Chocué, con voz y voto, Tres (3) representantes estudiantiles, elegidos(as) en Minga Nacional de Indígenas Estudiantes de Educación Superior, quienes participarán con voz y representarán Un (1)
voto, Por el Ministerio del Interior: El/La Ministro(a) del Interior o su delegado(a) con voz y voto, El/La Director(a) de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías del Ministerio del Interior su delegado(a) con voz y voto, Por el Ministerio de Educación Nacional: El/La Ministro(a) de Educación Nacional o su delegado (a) con voz y voto, El/La Viceministro(a) de Educación Superior del Ministerio de Educación Nacionalo su delegado (a) con voz y voto, El/La directora(a) de Fomento de la Educación Superior osu delegado(a) con vozy voto, El/La Subdirector(a) de Apoyo a la Gestión de las IES del Ministerio de EducaciónNacional o su delegado(a) con voz y voto, El/La encargado(a) delos temas étnicos de Ministerio de Educación Nacional o sudelegado(a) con voz y voto, Por el ICETEX: El/La Vicepresidente(a) de Fondos en Administración o su delegado(a) con voz,pero sin voto,
Por el Sistema Universitario Estatal – SUE: Un (1) delegado(a) como representante del sector con voz y voto).
Auto Avoca Tutela Medida provisional
Mandamiento de pago Resolución 0182 del 09 de febrero del 2024
«Por medio de la cual se libra mandamiento de pago y se decretan medidas cautelares dentro del proceso administrativo de cobro coactivo con expediente N. 0036-2023 en contra de Humberto Aldana Camacho y Otros»
EXP 0036_2024 MP 0182_09_02_2024
«SEPTIMO: ORDENAR al Ministerio del Interior y a la Asociación de Cabildos y Autoridades Tradicionales Indígenas de la Selva de Matavén – ACATISEMA, publicar en sus páginas web oficiales, la información pertinente respecto a la presente acción de tutela (escrito de tutela y auto admisorio) y remitir el informe de tal actuación, a más tardar al día siguiente a la notificación de la presente providencia; así mismo, se ordenará por la secretaría del juzgado, realizar todas las actuaciones tendientes a publicar en la página web de la Rama Judicial, la acción de tutela; Lo anterior, con el fin que los interesados en las mismas se hagan parte, si así lo deciden; para lo cual se les otorga el término de un día, siguiente a su publicación.»
Proceso: Acción de Tutela
Redicados: 990013189001-2023-00005-00; 990013189001-2023-00008-00; 990013189001-2023-00009-00
Accionante: Daniel Quintero, Faustino Rodriguez Ponare, William Alejo Pérez Ponare
Accionados: EL MINISTERIO DEL INTERIOR, EL VICEMINISTERIO DEL INTERIOR PARA LA PARTICIPACIÓN Y LA IGUALDAD DE DERECHOS,
LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS, ROM Y MINORÍAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, LA COORDINACIÓN DEL GRUPO
DE INVESTIGACIÓN Y REGISTRO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.
Asunto: Auto admite tutela y acumula
EscritoTutela_WilliamAlejoPerezPonare
EscritoTutela_SandraMilenaSantos
EscritoTutela_FaustinoRodriguezPonare
Acción de Tutela No.997734089001-2024-00007-00
Radicado 2023-2-003303-047981 Id: 219149
Asunto: Información Remisión Por Competencia
Referencia: Radicado Interno 202313030536142 Id: 170142 DEL 25/07/2023
Remitente: Anónimo
Radicado 2023-2-003303-047980 Id: 219147
Asunto: Remisión Por Competencia
Referencia: Radicado Interno 202313030536142 Id: 170142 DEL 25/07/2023
La Dirección de Asuntos para Comunidades Negras del Ministerio del Interior, en cumplimiento del Auto de fecha 24 de agosto de 2023 proferido por el JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE BOGOTÁ en el radicado 11001 – 3334 – 004 – 2023 – 00438 – 00, el cual dispone en el numeral segundo lo siguiente:
“(…) NOVENO: INFORMAR a la comunidad, la existencia de este proceso a través de publicación en las páginas web del Ministerio del Interior-Dirección de Asuntos para comunidades Negras. Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de conformidad con el numeral 5° del articulo 277 de la Ley 1437 de 2011. El acatamiento de esta orden deberá ser acreditado por cada una de las partes mencionadas, en el término concedido para contestar la demanda (propias del original)
Se permite por medio de la presente comunicar a ustedes, la existencia de la demandade nulidad electoral con radicado 11001 – 3334 – 004 – 2023 – 00438 – 00, en la cual la Asociación Afrocolombiana Victima del conflicto Armado Interno del Tolima – ASFROVICTOL funge como demandante, para que cualquier persona con interés en la actuación judicial, se vincule al trámite para que ejerzan sus derechos constitucionales.
Referencia: 11001 – 3334 – 004 – 2023 – 00438 – 00
Controversia: Nulidad electoral
Demandante: Cleisser Johanna Cuero Villegas – Asociación Afrocolombiana Victima del conflicto Armado Interno del Tolima – ASFROVICTOL
Demandado: -Ministerio del Interior – Dirección de Asuntos para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras
-Luz Aida Ibarra Ibarra (Presidenta Electa Espacio Nacional de Consulta Previa)
-Arnulfo Cardosi Julio (Secretario Electo Espacio Nacional de Consulta Previa)
-Fulgencia Serna Chaverra (Secretaria Electa Espacio Nacional de Consulta Previa)
Asunto: Respuesta queja Bogotá D.C.
Remitente: Anónimo
Referencia: Radicado Id 196967 – Lunes 11 de septiembre de 2023
Respuesta memorando con radicado 202313030544422 Id: 172010
Asunto: Respuesta queja Amalfi
Remitente: Anónimo
Referencia: Radicado 202313030544422
El Ministerio del Interior, en cumplimiento del Auto de fecha 31 de junio de 2023 proferido por el JUZGADO CUARENTA Y OCHO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ en el radicado 110013342048202300253-00, el cual dispone lo siguiente:
“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º y 131 del decreto 2591 de 1991, se considera necesario ordenar al Ministerio de Interior de Colombia, que publique en la página web oficial de la entidad, la admisión de esta acción constitucional, con el fin de dar publicidad a este proceso y así entonces, quien tuviere interés legítimo en las resultas del mismo intervenga en él cómo coadyuvante de las partes. De tal trámite deberá allegar soporte en el término de un (1) día, contado desde el recibo de la correspondiente solicitud”.
Se permite por medio de la presente comunicar de la existencia de la acción de tutela con radicado 110013342048202300253-00, en la cual el señor CRISTIAN JAVIER BLANQUICETH TAMARA funge como accionante, para que cualquier persona con interés en las resultas del proceso, se vincule al trámite para que ejerzan sus derechos constitucionales.
Se adjunta Auto admisorio, Auto del 31 de julio de 2023, texto y anexos de la acción de tutela:
2023-253 Auto Ordena publicidad proceso
Auto admisorio accion de tutela 2023-253
Radicado 2023-2-003303-021416 Id: 134855
Asunto: RESPUESTA A RADICADO 202313030227512 del 28/03/2023
Referencia: ID CONTROL 105622
Ciudadano Anónimo
Radicado 2023-2-003303-021596 Id: 135552
Asunto: Información remisión por competencia.
Referencia: Radicado Interno 202313030101192 Id Control 82862 del 20/02/2023
Ciudadano Anónimo
Radicado 2023-2-003303-021565 Id: 135501
Asunto: Respuesta a radicado 202313030056212 del 31/01/2023
Referencia Id Control 73109
Señor Peticionario
Radicado 2023-2-003303-017911 Id: 125414
Asunto: RESPUESTA A RADICADO 2023-1-004044-024528 del 03/04/2023
Referencia: ID CONTROL 109085
Señor NAID ASOCIACION DE JUNTAS DE ACCION COMUNAL DE TIMANA – HUILA
naíd.asountas@gmail.com – Timaná – Huila
Expediente: 66001-23-33-000-2023-00049-00
Mecanismo: Protección de derechos e intereses colectivos
Demandante: Albeiro Ciro Ortega Ortega
Demandado: Municipio de Dosquebradas – Departamento de Risaralda – Ministerio del Deporte – Ministerio del Interior
Radicado 2023-2-003303-022944 Id: 139680
Asunto: Información remisión por competencia «PRESENTACION DE INCONFORMIDADES DE ASOJUNTA DEL MUNICIPIO DE LERIDA TOLIMA»,remitida por usted en su condición de Presidente de Asojuntas de Lérida-Tolima.
Referencia: Radicado Interno 2023-1-004044-026563 del 13/04/2023 – id: 112781
Señor HECTOR MANUEL URBIA BARRETA – Presidente Asojuntas Lérida.
- OFI2022-101-OAJ-1400
- Respuesta a su consulta sobre competencia de los inspectores frente a los desalojos en zonas de alto riesgo. PQRSD-093928 de 17 de noviembre de 2021.
- Respuesta anonimo Radicado 2023-2-001402-023674 Id: 142194
- Respuesta a solicitud Radicado 202313030361232 Id:132615
La Dirección de Asuntos para Comunidades Negras del Ministerio del Interior, en cumplimiento del Auto de fecha 08 de junio de 2023 proferido por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE QUIBDO en el radicado A.T. 2023 – 00013, el cual dispone en el numeral sexto lo siguiente:
“(…) SEXTO: COMUNICAR a todos los terceros interesados en la presente acción de tutela, así como a los delegados elegidos en la asamblea celebrada el 29 de marzo de 2023, a fin de que ejerzan su derecho de defensa frente a las pretensiones de la tutela para lo cual se ORDENARA al MINISTERIO DEL INTERIOR y/o a la
DIRECCIÓN DE ASUNTOS PARA COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS, que una vez notificada,
divulgue en la página web, que da publicación a los actos referentes a la elección de “delegados ante el espacio nacional de consulta previa de medidas legislativas y
administrativas de carácter general susceptible de afectar directamente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras”, la existencia e iniciación de la presente acción de tutela, para que quienes estén interesados concurran al trámite especial. (propias del original)
Se permite por medio de la presente comunicar a ustedes, la existencia de la acción de tutela con radicado A.T. 2023 – 00013, en la cual el señor WISTON ALEXANDER MENA MARMOLEJO funge como accionante, para que cualquier persona con interés en la acción de tutela, se vincule al trámite para que ejerzan sus derechos constitucionales.
La Dirección de Asuntos para Comunidades Negras del Ministerio del Interior, en cumplimiento del Auto de fecha 1 de junio de 2023 proferido por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de QUIBDÓ – CHOCÓ en el radicado 270013105001-2023–00099-00, el cual dispone en el numeral segundo lo siguiente:
“(…) 6. Que se ordene al Ministerio de Interior que una vez notificado deestaacción, se divulgue en la página web, que da publicación a los actos referentesala elección de DELEGADOS ANTE EL ESPACIO NACIONAL DE CONSULTA PREVIA DE MEDIDAS LEGISLATIVAS Y ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTERGENERAL SUSCEPTIBLE DE AFECTAR DIRECTAMENTEALASCOMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALESYPALENQUERAS, la existencia e iniciación de la presente acción de tutela, paraque quienes estén interesados concurran al trámite especial y se hagan participede este ya que la afectación de los derechos fundamentales aquí invocadosnosolo son los míos sino también los de todas las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. (propias del original)
Se permite por medio de la presente comunicar a ustedes, la existencia de la acción de tutela con radicado 1270013105001-2023–00099-00, en la cual la señora ROSMARY MENA MARMOLEJO funge como accionante, para que cualquier persona con interés en la acción de tutela, se vincule al trámite para que ejerzan sus derechos constitucionales.
Respuesta 1270013105001-2023–00099-00
Auto Admisorio del proceso con radicado 11001311001820230034500 , para dar cumplimiento a una orden judicial proferida por el JJUZGADO DIECIOCHO DE FAMILIA de Bogotá.
Respuesta oficio fecha 6 de junio de 2023, Radicado 202313030413232 Id:143661
Ciudadano: Anonimo
_________________________________________________________________________________________________________________________________________
La Dirección de Asuntos para Comunidades Negras del Ministerio del Interior, en cumplimiento del Auto de fecha 02 de junio de 2023 proferido por el JUZGADO PRIMERO DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE QUIBDÓ en el radicado 27-001-31-21-001-2023-10028-00, el cual dispone en el numeral segundo lo siguiente:
“(…) SEXTO: COMUNICAR a todos los terceros interesados en la presente acción de tutela, así como a los delegados elegidos en la asamblea celebrada el 29 de marzo de 2023, a fin de que ejerzan su derecho de defensa frente a las pretensiones de la tutela para lo cual se ORDENARA al MINISTERIO DEL INTERIOR y/o a la
DIRECCIÓN DE ASUNTOS PARA COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS, que una vez notificada,
divulgue en la página web, que da publicación a los actos referentes a la elección de “delegados ante el espacio nacional de consulta previa de medidas legislativas y
administrativas de carácter general susceptible de afectar directamente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras”, la existencia e iniciación de la presente acción de tutela, para que quienes estén interesados concurran al trámite especial. (propias del original)
Se permite por medio de la presente comunicar a ustedes, la existencia de la acción de tutela con radicado 27-001-31-21-001-2023-10028-00, en la cual el señor EDWIN RAFAEL LEUDO CÓRDOBA funge como accionante, para que cualquier persona con interés en la acción de tutela, se vincule al trámite para que ejerzan sus derechos constitucionales.
Se adjunta Auto admisorio, texto y anexos de la acción de tutela.
Respuesta ampliada a radicado N. 202313030319292 Id: 123672; Radicado N. 202313030349232 Id: 129796; Radicado N. 202313030369432 Id: 134597
La Dirección de Asuntos para Comunidades Negras del Ministerio del Interior, en cumplimiento del Auto de fecha 29 de mayo de 2023 proferido por el JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DE BOGOTA en el radicado 11001-33-35-008-2023-00171-00, el cual dispone en el numeral segundo lo siguiente:
“(…) SEGUNDO.- Ordenar al Ministerio del Interior, para que de forma inmediata, se sirva publicar en su página web y en especial en la sección de Acciones Constitucionales el escrito de tutela con sus anexos, el auto admisorio de la acción y la presente providencia, con la finalidad de dar a conocer la existencia y trámite a los delegados electos al Espacio Nacional de Consulta Previa de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras por el Distrito de Bogotá como terceros con interés, para que si a bien lo tienen en el término máximo de un (1) día intervengan dentro de la acción de la referencia. (propias del original)
Se permite por medio de la presente comunicar a ustedes, la existencia de la acción de tutela con radicado 11001-33-35-008-2023-00171-00, en la señora EUCARIS MURILLO MOSQUERA funge como accionante, para que cualquier persona con interés en la Asamblea de Elección de Delegados del Espacio Nacional de Consulta Previa 2023-2027 del Departamento del Distrito Capital, de fecha 14 de abril de 2023, en el término de un (1) día, se vinculen al trámite para que ejerzan sus derechos constitucionales.
Se adjunta Auto admisorio, Auto del 29 de mayo de tutela radicado 11001-33-35-008-2023-00171-00, texto y anexos de la acción de tutela
- Acción de tutela por violación derecho a la igualdad, derecho a la información, derecho a la participación, derecho de petición y derecho al debido proceso.
- Circular Externa: Convocatoria eleccion de delegados (as) ante el espacio nacional de consulta previa de medidas legislativas y administrativas de caracter general susceptibles de afectardirectamente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizalez y palenqueras.
- Documento de identidad Eucaris Murillo Mosquera
- PQR-RUP3846280 No. 2023000950348342 18-04-2023
- Auto_Vincula_Ordena_Publicar
- Auto_Admite_Acción_Tutela_Niega_Medida_Provisional
Referencia: 202313030213842 Id: 103076 del 23/03/2023
Remitente: Dirección para la Democracia, Participación Ciudadana y Acción Comunal
Referencia: ID Control 108256
Asunto: Radicado 202313030241212 del 01/04/2023
- Respuesta a radicado 2023-13030223602 del 27/03/2023 con ID Control 104841
Radicado 2023-13030223602 del 27/03/2023 con ID Control 104841
- JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTIAGO DE CALI
Referencia: Restitución de Derechos Territoriales Indígenas – Concedida
Solicitante: Comunidad Indígena Wounaan Nonam – Resguardo Indígena Guayacán Santa Rosa ubicada en Buenaventura – Valle del Cauca
Radicado: 760013121001 2020 00067 00. Sentencia Nro. R-001
- Respuesta a radicado 2023-13030205162 del 21/03/2023 con ID Control 101566
Radicado 2023-2-003303-014464 Id: 115813
- Respuesta oficio con ID-113248, Solicitud anónima
Radicado 2023-2-004042-014337 Id: 115460
Acción Popular presentada contra el Ministerio del Interior y otros, por la FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA, en relación con el bloqueo del sur del país a consecuencia de una remoción en masa ocurrida en jurisdicción del municipio de Rosas (Cauca)
- Acción Popular Preventiva con Medidas Cautelares por el derecho colectivo a la Prevención de Desastres Técnicamente Previsibles y la Movilidad de Nariño con Cauca y el resto del país, interpuesta por la FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA.
- Auto admisorio de la demanda con numero de radicado 52001 23 33 000 2022 00600 00.
Respuesta a su escrito de objeciones frente al trámite de designación de un gobernador encargado para el departamento de La Guajira por procedimiento de terna 2022-004044-015615 Id 3374 de 19 de agosto de 2022
Respuesta a su escrito de objeciones frente al trámite oficio 2022-2-001402-016964 Id: 10376
Respuesta a su escrito de objeciones frente al trámite de
designación de un gobernador encargado para el departamento
de La Guajira por procedimiento de terna. 2022-004044-015615
Id 3374 de 19 de agosto de 2022.
Respuesta solicitud de designacion de un gobernador encargado para el departamente de La Guajira por procedimiento de terna, con numero de Radicado 2022-1-004044-015608 Id 3365
Respuesta Oficial Radicado N. 2022-2-001402-017013 Id: 10570
CORTE CONSTITUCIONAL SALA ESPECIAL DE SEGUIMIENTO SENTENCIA T-025 DE 2004
Auto 894 de 2022 – Sent. T-025-2004 Situacion Humanitaria
Respuesta oficial al ciudadano anónimo acerca del concepto sobre uso de recursos FONSET. PQRSD – 054273 – PQR
Respuesta oficial al ciudadano anónimo acerca del concepto sobre uso de recursos FONSET. PQRSD – 051295 – PQR
Radicado: 13001-3105-003-2022-00254-00
Asunto: Accion de Tutela
Accionante: EFRAIN MIRANDA CAÑATE Y OTROS
Accionado: Ministerio del Interior
JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA
Informe de Comentarios y/o Observaciones relacionadas con el proyecto de decreto sobre reglamentacion COT Ley 2079 de 2021
- Informe de Observaciones Proyecto de Decreto COT
- Proyecto de Decreto Reglamentario Artículo 38 de ley 2079 de 2021 – Observatorio de OT
Informe de Comentarios y/o Observaciones relacionadas con el proyecto de decreto FONSET MV-MG
- Formato respuesta observaciones FONSET
- Memoria justiticativa Decreto FONSET
- Proyecto de Decreto Reglamentación Fonsecon y Fonset
Informe de Comentarios y/o Observaciones relacionadas con el proyecto de decreto de Áreas Metropolitanas publicado en la pagina web del Ministerio.
- Comentario Asocapitales al Proyecto de Decreto de Areas Metropolitanas.
- Observaciones Asoareas al Proyecto de Decreto Reglamentario Ley Areas Metropolitanas.
- Informe de Observaciones Decreto Areas Metropolitanas.
Respuesta comunicado al publico en general Comunidades Indigenas los Poimas, Poincos Taira, El Vergel, Chenche Asoleados Filial Crit, Arenosa, Acuzulo Taira y Mesetas del Palmar.
COMUNIDADES INDIGENAS LOS POIMAS, POINCOS TAIRA, EL VERGEL, CHENCHE
ASOLEADOS FILIAL CRIT, ARENOSA, ACUZULO TAIRA Y MESETAS DEL PALMAR.
Municipio de Purificación, Departamento del Tolima
Respuesta oficial a peticion trasladada por competencia realizada por el Señor Jose Alirio Cruz Ramirez veedor ciudadano
Respuesta Oficial EXT_S22-00020260-PQRSD-016671-PQR que tiene por asunto Distribución de la contribución del 5% de los recursos Fonset para seguridad y convivencia ciudadana e
inversion del 40% de las multas en la materializacion de medidas correctivas impuestas por las autoridades de policía. PRSD-016671 del 07-03-221
EDICTO
RESPUESTA OFICIAL EXT_S22-00025849-PQRSD-019903-PQR
DESTINATARIO: STEVEN HOLDEN
Radicado: 08-001-23-33-000-2022-00073-00 W
Medio de Control: Accion Popular
Actor: Marceliano Julio Fonseca Bolívar
Accionado: Nación – Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior – Dirección de Consulta Previa; Instituto Nacional Penitenciario -INPEC; Unidad de Servicios Penitenciarios – USPEC;
Corporación Autónoma Regional del Atlántico – CRA; Departamento del Atlántico, Asamblea Departamental del Atlántico; Municipio de Candelaria – Atlántico, Concejo
Municipal de Candelaria.
Magistrado Ponente: Oscar Wilches Donado
Autorización por parte del Ministerio del interior para recibir el pago correspondiente a tiquetes aéreos, con el fin de asistir al International Visitor Leadership Program (IVLP) al
que fue invitado como participante.
Respuesta solicitud de aclaracion Decreto 1615 de 2021 – PQRSD-015172 del 26 de enero de 2022, remitido por un ciudadano anonimo.
Respuesta PQRSD-012671 del 22 de febrero de 2022, de emitir concepto jurídico, respecto a las condiciones de otorgar el día
libre a que se refiere el Decreto 1615 de 2021, remitido por un ciudadano anonimo.
Respuesta a consulta sobre la aplicación del Decreto 1615 de 2021 PQRSD009973 radicada por la ciudadana Claudia Marcela Mateus.
Respuesta PQRSD-009817 correspondiente a un ciudadano anonimo.
Fallo Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca expedida el dia 31 de enero de 2022 – Referencia Proceso 76001-23-33-000-2021-00519-00
Respuesta aclaracion Decreto 1615 de 2021
La Subdireccion de Gestion Contractual notifica por este medio al señor Luis Fernando Montoya Franco la siguiente certificacion:
Se notifica por este medio respuesta a solicitud consulta para decidir de los concejos durante la aprobación de los planes de ordenamiento territorial por motivos de Impedimentos y recusaciones. EXTMI2021-22082 de 21 de diciembre de
2021.
Se notifica por este medio respuesta a la solicitud con radicación EXT_S22-00005344-PQRSD-005235-PQR de fecha 26 de enero de 2022
Se notifica por este medio respuesta a la solicitud del señor Humberto Garcia Vega
Se notifica por este medio respuesta a la solicitud de los señores LUIS ENRIQUE CASTRO y RAMÓN GARAY
Se notifica por este medio respuesta a la solicitud de la Señora Hilda López
Se notifica por este medio respuesta a Derecho de Petición al señor Luis Enrique Castro, Ocaña, Norte de santander.
Se notifica por este medio a la comunicación suscrita por el señor Juan José Vivas Valdivieso y otros firmantes.
Respuesta tramitada por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
Radicado No: 202120000000003871
Se Notifica por medio del siguiente edicto al señor: ORLANDO ALVAREZ DE LA PEÑA
- Respuesta: EXT20-00171084
- A1 – MinDefensa
- A2 – MinSalud
- A3 – MinTrabajo
- A4 – MinTransporte
- A5 – ICBF
- A6 – Alcaldia de Bogotá
Se Notifica al Veedor Principal: MARCO AGUSTÍN TORRES RODRÍGUEZ – Fuerza Ciudadana
- Respuesta a sus comunicaciones con Radicados Externos EXTMI19- 39722, EXTMI19-40710 y EXTMI19-40948.
Se Notifica por medio del siguiente edicto a OMAIRA DEL SOCORRO ZABALA GALLEGO
Se Notifica por medio del siguiente edicto a MISIÓN MEDICA
Se Notifica por medio del siguiente edicto a LUZ CAROLINA GRACIA HINCAPIÉ
Se Notifica a ALVARO AUGUSTO PARDO ZULUAGA
Se Notifica por medio del siguiente edicto a JULIETTE MARÍA HERNÁNDEZ VILLA
Accionante: Samuel Alvarez Ballesteros .
Accionado: La Nación – Ministerio del Interior y otro .
Acción de Tutela
Referencia: 11001 33 43 065 2018 00422 00.
Proceso: Acción de Tutela
Accionante: Martha Elena Blanco Barrera
Accionado: Ministerio del Interior.
Acción de Tutela
Notificación a terceros interesados por determinar.
Acción de Tutela Radicado No. 2018.01171.00(T)
Accionantes: Danil Roman Velandia Rojas y Lorein Elizabeth Osses Mendez
Demandado: Presidente de la República.
Se notifica al señor RAMÓN MENDOZA GUERRERO lo siguiente:
Se Notifica a Ricando Valenzuela
Se notifica a Alfonso Martinez Polo:
Se notifica a Alberto Nuñez:
Se notifica a Luis Alberto Acosta Guzman:
Se notifica a Dugar Morales:
Se notifica a Juan Carlos Ocampo Niño:
Se notifica a Edith Sofia Santiago de Benavides:
Se notifica a Edith Sofia Santiago de Benavides:
Se notifica a Felix Antonio Rodriguez Cueva:
Se notifica a Consorcio Maquigua – Dra. Deyanira Quintero:
Se notifica a quien corresponda:
Se notifica al señora AMIRA STELLA MONROY SANCHEZ :
Se notifica al señor CARLOS JULIO ESTRADA BADILLO de la certificación laboral soliticada:
Se notifica al señor LUIS FELIPE TATIS TATIS de la certificación laboral soliticada: