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Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías

Misión

Promover el reconocimiento a la diversidad étnica y el ejercicio de sus derechos, como también garantizar el goce efectivo de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas, minorías y ROM en todo el territorio nacional.

Visión

Ser la instancia que lidera la formulación, diseño e implementación de políticas públicas encaminadas a garantizar la no vulneración de los derechos de la población étnica de Colombia, siendo garantes ante todas las instancias de participación.

Objetivos Estratégicos

  1. Adelantar las acciones interinstitucionales que aseguren el buen curso de los trámites con las entidades involucradas en materia de titulación de tierras, consulta previa, medidas legislativas, espacios de participación para los pueblos, las organizaciones y autoridades que los representen.
  2. Promover el reconocimiento y difusión de los derechos de la población indígena y ROM
  3. Formular los planes salvaguarda para los pueblos indígenas del país, implementando las fases y la ruta metodológica en cumplimiento del Auto 004.
  4. Promover la gestión institucional a través de trámites y procedimientos que coadyuven a la formulación, ejecución y seguimiento de los planes y objetivos a cargo de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías
  5. Generar espacios de Participación para los Pueblos Indígenas previsto por la ley promoviendo la participación de las organizaciones y autoridades que los representan.
  6. Contar con los estudios, censos y registros de las comunidades indígenas, que sirvan de base para la toma de decisiones y a su vez, contribuyan a la generación de política pública.

Funciones de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías establecidas en el Decreto 2340 de 2015:

  1. Asesorar, elaborar y proponer la formulación de la política pública en beneficio de los pueblos indígenas y ROM en el marco de la defensa, apoyo, fortalecimiento y consolidación de sus derechos étnicos y culturales.
  2. Coordinar interinstitucionalmente el diálogo político con los pueblos indígenas y ROM previsto por la ley, y promover la participación de las organizaciones y autoridades que los representen.
  3. Propender por la conservación de las costumbres y la protección de conocimientos tradicionales, en coordinación con las entidades y organismos competentes.
  4. Coordinar con las instituciones gubernamentales la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas públicas dirigidas a comunidades indígenas, minorías y ROM.
  5. Apoyar a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior en la realización de los procesos de consulta previa que se efectúen en terreno, para proyectos de desarrollo que afecten a las comunidades indígenas y ROM.
  6. Coordinar y realizar los procesos de consulta previa para la presentación de iniciativas legislativas y administrativas del nivel nacional, de conformidad con los lineamientos acordados para el efecto.
  7. Llevar el registro de los censos de población de comunidades indígenas y de los resguardos indígenas y las comunidades reconocidas, de las autoridades tradicionales indígenas reconocidas por la respectiva comunidad y de las asociaciones de autoridades tradicionales o cabildos indígenas y su actualización.
  8. Llevar el registro de los censos de población, autoridades tradicionales reconocidas por la respectiva comunidad y asociaciones del pueblo ROM.
  9. Diseñar y ejecutar programas y proyectos de fortalecimiento de los procesos organizacionales de las comunidades indígenas y ROM.
  10. Promover la resolución de conflictos de conformidad con los usos y costumbres de las comunidades indígenas y ROM.
  11. Promover acciones con enfoque diferencial, tanto de parte del Ministerio como de las demás entidades del Estado, orientadas a atender la población indígena y ROM, y la formulación de acciones conjuntas.
  12. Prestar asesoría a las gobernaciones y alcaldías municipales para la debida atención a las comunidades indígenas, a las minorías, al pueblo ROM.
  13. Promover en coordinación con el Sistema Nacional Ambiental la formulación de agendas ambientales conjuntas con las comunidades indígenas y ROM.
  14. Proponer proyectos de ley o de actos legislativos, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Asuntos Legislativos, en las materias de su competencia.
  15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

    Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

  16. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia»

Así mismo, en atención a la población Indígena y ROM de Colombia realiza:

  1. Acompaña y sirve de mediador en las mesas interinstitucionales de diálogo y concertación para la construcción de los modelos por comunidades y participa de Manera Activa en la Construcción del SISPI en el marco de la Subcomisión de Salud de la Mesa Permanente de Concertación.
  2. Participación en la subcomisión de salud pública.
  3. Participa en las mesas de salud indígena que requieren el acompañamiento. Acompaña las mesas de diálogos requeridas en cumplimiento de la sentencia.
  4. Coordina mesas interinstitucionales entre el nivel nacional o entre el nivel nacional y territorial para dar respuesta a distintas problemáticas puestas en conocimiento de la DAIRM. Ejemplo: problemas en albergues, problemas en consumo de sustancias Psicoactivas., etc.
  5. Trabaja de la mano con la Supersalud. Fortalecimiento de la EPS e IPS-I.
  6. Articulación con otras dependencias del Ministerio JAD- RIO ATRATO
  7. Recepción modelos de atención y remisión de MSPS impulsando las iniciativas de las comunidades.
  8. Coordina con las instancias competentes y organismos internacionales, la protección y defensa de los derechos humanos de la población objeto y acompañar el seguimiento a las medidas que se adopten en la materia.
  9. Coordinar interinstitucionalmente la realización de los espacios de participación para los pueblos indígenas previstos por la Ley y promover la participación de las organizaciones y autoridades que los representen.
  10. Cumplimiento de las órdenes emitidas a la DAIRM en los procesos de derechos territoriales que se llevan ante la Unidad de Restitución de Tierras.
  11. Seguimiento acuerdos del Plan Marco de Implementación, Capitulo étnico y Acompañamiento a la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos  – IEANPE.
  12. Fortalecimiento organizativo del gobierno propio y/o gobernanza.
  13. Promover la resolución de conflictos de las comunidades indígenas, de acuerdo a usos, costumbre y derecho propio, fortaleciendo el diálogo y concertación de los pueblos indígenas en el marco de sus derechos a la autonomía, autodeterminación y fortalecimiento al gobierno propio.