Marco legal
El Observatorio contra la Discriminación y el Racismo- OCDR, actúa bajo los principios establecidos en la Constitución de 1991 y en concordancia con lineamientos internacionales, para combatir las prácticas discriminatorias, las desigualdades, la protección de la diversidad étnica y cultural.
Artículo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
CONPES
Son documentos discutidos y aprobados por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), principales instrumentos de política pública en Colombia.
- 3660 de 2010 (Conpes). Busca implementar soluciones para generar oportunidades de acceso al desarrollo humano sostenible, y reducir la brecha en las condiciones de vida de la población Afrocolombiana respecto al resto de la población del país. Por ello, es importante poner en marcha acciones afirmativas que permitan el ejercicio y disfrute de los derechos individuales y colectivos de esta población.
- 3310 de 2004 (Conpes). Pretende identificar, incrementar y focalizar el acceso de la población negra o afrocolombiana a los programas sociales del Estado, de tal manera que se generen mayores oportunidades para alcanzar los beneficios del desarrollo y mejorar las condiciones de vida de esta población, a través de la implementación de acciones afirmativas.
- 3169 de 2002 (Conpes). Definir una política del Gobierno orientada a generar mayor equidad social hacia la población afrocolombiana en particular en la región pacífica y contribuir a fortalecer la identidad étnica, los procesos organizativos y su participación en las políticas y planes de desarrollo que les afecten.
Leyes y Resoluciones
- Ley 1482 de 2011. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1752 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> Esta ley tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.
- Resolución 1154 de 2012. Por la cual se crea el Observatorio contra la Discriminación y el Racismo. Fue modificada por la resolución 949 de 2017
- Resolución 949 de 2017: Resolución actual del OCDR
- Resolución 1969 de 2017. Adicionada como grupo a través de la Resolución 1969 de 2017.
Artículo 1. Modificación de los grupos de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas Raizales y Palenqueras. Modificar al artículo 1 de la resolución de 2434 del 5 diciembre de 2011, para sustituir el acápite Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
Naciones Unidas
La Asamblea General de la ONU proclamó 2015-2024 Decenio Internacional para los «Afrodescendientes: reconocimiento, justicia y desarrollo» (Resolución 68/237) citando la necesidad de fortalecer la cooperación nacional, regional e internacional en relación con el pleno disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de las personas de ascendencia africana, y su plena e igualitaria participación en todos los aspectos de la sociedad.