APP Uriel
URIEL – Unidad de recepción inmediata para la transparencia electoral
La Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral se creó como un mecanismo de coordinación y colaboración para promover el normal desarrollo de los procesos electorales y la transparencia de los mismos. Es la instancia de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los procesos electorales encargada de decepcionar las quejas y denuncias por irregularidades en contra del proceso electoral a fin de que puedan ser atendidas de manera prioritaria por cada una de las entidades competentes, salvaguardando la garantía de los derechos y deberes de la ciudadanía, así como el cumplimiento de las garantías electorales.
Dentro de los objetivos de la Uriel se encuentran:
- Fomentar la transparencia y la legalidad de los procesos electorales mediante la articulación de acciones conjuntas encaminadas a promover la participación ciudadana
- Incentivar la cultura de la denuncia frente a los delitos electorales, las conductas e irregularidades que afectan las elecciones.
En la URIEL se decepciona de forma prioritaria cualquier denuncia o queja sobre delitos electorales, conductas e irregularidades que se presenten durante las distintas etapas del proceso electoral, para que de esta manera la ciudadanía permanezca activa y alerta frente a las situaciones que afecten el normal desarrollo de las elecciones.
De acuerdo al artículo 6 de la Resolución 133 de 2014 el Ministerio del Interior asumirá el suministro del software para su funcionamiento, las líneas telefónicas gratuitas 018000 a disposición de la ciudadanía a nivel nacional, para decepcionar las quejas y denuncias. En ese sentido y con el fin de facilitar a la ciudadanía interponer las quejas y/o denuncias se creó la APP URIEL, la cual se convertirá en otro canal para la recepción de las quejas y servirá como mecanismo de suministro de información eficiente y confiable para la reacción inmediata de las entidades y autoridades en el momento de las elecciones y así garantizar que estas se den con transparencia.
Dentro de los beneficios se encuentran:
- Con la app móvil se crea un mecanismo para difundir la URIEL, lo que conlleva a más presencia de ésta en el territorio nacional.
- El contenido de la app queda descargado en el móvil, por lo cual se ahorra el tiempo que se tardaría entre carga y carga de la web y puede funcionar más rápidamente.
- Se dará uso a otro canal para ganar en comodidad, rapidez y alcance para los usuarios.
- Con la utilización de la APP, se tendría una forma rápida y efectiva para difundir la URIEL.
- Con la APP el ciudadano podrá consultar en tiempo real el estado de la queja y/o denuncia.
- Mayor seguridad en las interacciones que realizan los actores internos y externos dentro del proceso y así fortalecer la transparencia del mismo.
- Disponibilidad 24/7.
- Permitirá ahorrar en costos de publicidad.
Funciones
Las funciones de la Uriel están consignadas en Resolución 133 de 2014.
Artículo 5. Los funcionarios que sean asignados a la URIEL, deberán:
- Tramitar, de manera prioritaria, de acuerdo a sus competencias y a las de la entidad a la que pertenecen ante cualquier queja o denuncia que se reciban por presuntas conductas que atenten contra el proceso el
- Promover las investigaciones con las operaciones y labores de inteligencia que se estimen necesarias, de acuerdo con la ley;
- Trasladar a la Procuraduría General de la Nación las denuncias que sean de su competencia para aperturar los procesos disciplinarios a que haya lugar de acuerdo con la ley;
- Propender por la apertura inmediata de los controles preferentes o de los juicios de responsabilidad fiscal a que haya lugar, por parte de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley;
- Propender por la apertura inmediata de los procesos penales a que haya lugar por parte de la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con la ley;
- Trasladar, de manera inmediata, a la entidad o autoridad competente cualquier información de que tengan noticia sobre parcialidad de servidores públicos, utilización de bienes o recursos públicos en campañas electorales o apoyos provenientes de grupos alzados en armas o delincuenciales a partidos o grupos políticos o parágrafo. En el marco de su autonomía y competencias, todas las entidades y organismos del Estado que tengan como función atender quejas o denuncias o información sobre conductas que atenten contra el proceso electoral, deberán darle atención preferente e inmediata a las correspondientes diligencias o investigaciones.