UP PCC
Programa Especial de Protección Integral para Dirigentes, Miembros y Sobrevivientes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano
1. Antecedentes normativos
Desde el 23 de octubre de 1992, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH le solicitó al Gobierno colombiano implementar medidas cautelares para proteger a dirigentes y miembros de la UP.
Mediante Decreto 978 de 2000, el Gobierno Nacional creó el programa especial de protección integral para dirigentes, miembros y sobrevivientes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano, con el fin de atender los requerimientos de quienes se encontraran amenazados por su vinculación ideológica o partidista con tales agrupaciones.
Posteriormente, en el año 2010 a través del Decreto 2958 se adicionaron unos criterios específicos para la protección de la población beneficiaria y en ese sentido se incluyeron medidas materiales de seguridad tales como: como apoyos de transporte y otras medidas que propendían por el restablecimiento y la rehabilitación de las víctimas.
Así mismo, con el Decreto 4912 de 2011 el Gobierno Nacional dispuso que son objeto de protección en razón al riesgo los dirigentes, miembros y sobrevivientes de la UP y el PCC.
Finalmente, el Gobierno Nacional el 11 de octubre de 2012, expidió el Decreto 2096, hoy unificado en el 1066 del 26 de mayo 2015, “por el cual se unifica el Programa Especial de Protección Integral para dirigentes, miembros y sobrevivientes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano y se dictan otras disposiciones”, el cual tiene por objeto atender los requerimientos de protección presentados por aquellas personas que por razones de vinculación ideológica o partidista, con una de tales agrupaciones políticas, se encuentren en una situación de riesgo extraordinario o extremo. Dicho Programa se encuentra a cargo de la Unidad Nacional de Protección, entidad adscrita al Ministerio del Interior, creada mediante Decreto 4065 de octubre de 2011.
2. Implementación Decreto 2096 de 2012 hoy unificado en el 1066 de 2015
Con la expedición del Decreto 2096 de 2012 hoy unificado en el 1066 de 2015, se definen los parámetros normativos bajo los que se desarrollará el Programa Especial de Protección Integral para dirigentes, miembros y sobrevivientes de la Unión Patriótica y del Partido Comunista Colombiano y como parte de estos, se determina la conformación del Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas – CERREM.
En el marco de dicho espacio, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior ejerce la Secretaría Técnica, siendo una de las funciones asignadas la de elaborar las actas de cada una de las sesiones del CERREM.
De igual manera, en dicho espacio se aprobaron diferentes medidas de protección para dirigentes, miembros y sobrevivientes de estas colectividades, como: Apoyo de reubicación temporal, apoyo de transporte, medios de comunicación Avantel y celular, chalecos blindados, esquema colectivos, esquema individual, talleres de capacitación psicosocial y encuentro nacional de víctimas y tiquetes aéreos
3. Principales acciones adelantadas por el Ministerio del Interior
De conformidad con el Decreto que regula el Programa, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior ejerce la Secretaría Técnica del Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas – CERREM, ámbito desde el cual se realiza el adecuado seguimiento a la implementación de las medidas de protección aprobadas.