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Comunicado a la opinión pública

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  • Nos permitimos poner en su conocimiento los siguientes aspectos en relación con la reglamentación del Sistema Nacional de Libertad Religiosa y de Cultos (SINALIBREC).

Bogotá, mayo 24 de 2024. (@MinInterior)-. Respetadas entidades religiosas, organizaciones del sector, autoridades y líderes religiosos:

Nos permitimos poner en su conocimiento los siguientes aspectos en relación con la reglamentación del Sistema Nacional de Libertad Religiosa y de Cultos (SINALIBREC):

1. Fue una decisión del presidente de la República Gustavo Petro, la creación de un Sistema Nacional de Libertad Religiosa y de Cultos, de manera que se fortalezca la libertad religiosa y de cultos, así como a las organizaciones religiosas para dar cumplimiento a la Política Pública Integral de Libertad Religiosa, por esto, se planteó su creación desde las bases del Plan Nacional de Desarrollo (PND), hasta materializarse en el contenido del Plan, hoy artículo 312 de la ley 2294 de 2023.

2. Desde el articulado 312 del Plan Nacional de Desarrollo (PND), se garantizará la continuidad de los Comités de Libertad Religiosa, Mesas de Participación, Consejos y demás instancias de diálogo interreligioso, en las cuales se articulan las más de 11 mil entidades religiosas vigentes, por tanto, se trabaja por su articulación y fortalecimiento en todo el territorio nacional.

3. Fruto de las asistencias técnicas realizadas por la Dirección de Asuntos Religiosos en los territorios, el 90% de los departamentos y ciudades capitales del país cuentan hoy en sus Planes de Desarrollo Territorial (PDT) con estrategias, metas e indicadores asociados a la libertad religiosa. Situación nunca registrada y que permitirá que la relación nación-territorio con el sector religioso sea decisiva para el avance de la Política Pública de Libertad Religiosa y combatir la discriminación religiosa.

4. Se inició un proceso de alistamiento para llevar a cabo la reglamentación del SINALIBREC (sin antecedentes en el país), generando diálogos territoriales, individuales y colectivos, de manera que pudieran recogerse primeras impresiones (algunos espacios han sido virtuales) garantizando la mayor inclusión de voces sin exclusión confesional ni proselitismo religioso o político.

5. El alistamiento permitió definir la siguiente ruta a seguir para la reglamentación del SINALIBREC:

a. La Dirección de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior construirá una metodología participativa nación – territorio, para definir junto al sector religioso los acuerdos nacionales y lineamientos que permitan construir un proyecto de decreto reglamentario del SINALIBREC, que garantice la autonomía territorial, los avances de la libertad religiosa y la participación de la pluralidad confesional.

b. Definido un primer borrador de decreto reglamentario, se hará difusión nacional para recibir las observaciones y hacer los ajustes correspondientes.

c. El proyecto de decreto resultante de los primeros ajustes se enviará a los territorios para que sea socializado y debatido en los Comités, Mesas, Consejos y demás espacios de diálogo interreligioso y multisectorial, de manera que puedan allegarse a la Dirección de Asuntos Religiosos las conclusiones.

d. Surtido este proceso se consolidará el documento proyecto final de reglamentación y se publicará en la página web del Ministerio del Interior para su socialización.

e. Luego se surtirán los trámites jurídicos internos para la expedición por parte del presidente de la República del decreto reglamentario del SINALIBREC.

6. Esta ruta contará con el liderazgo de la Dirección de Asuntos Religiosos y estará en cabeza de su directora, Amelia Rocío Cotes Cortés, una vez retorne a sus funciones el 17 de junio, culminando su licencia de maternidad.

7. Desde el Ministerio del Interior les invitamos a seguir trabajando juntos y juntas por la libertad religiosa y de culto y a vivir e impulsar una #ReligiónSinEstigmatización.

MID/JC/CO