Subdirección de Gestión
de Consulta Previa
Misionalidad
La Subdirección de Gestión de Consulta Previa es la encargada de dirigir y asesorar en el desarrollo de las etapas del proceso de consulta previa, de conformidad con la normativa vigente, políticas y lineamientos establecidos.
Líneas estratégicas
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1
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Construcción colectiva de las metodologías técnicas de los procesos de consulta previa. |
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2
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Gestión y coordinación de los procesos consultivos. |
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3
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Coordinación de los procesos de consulta previa para la etnoreparación de los grupos étnicos en el marco de las órdenes judiciales para erradicación de cultivos de uso ilícito. |
Carlos Arturo Mora García
Subdirector
Cuenta con más de 25 años de experiencia profesional en cargos directivos en el sector público y privado, ha trabajado en el Programa Presidencial de Reinserción, Gerencia de la Reconstrucción del Eje Cafetero en la zona 14 – Armenia y Cajamarca, ha sido Secretario Administrativo de la Gobernación del Tolima, Director de Vivienda e Infraestructura de COMCAJA, Director de Promoción y Desarrollo del Control Ciudadano en la Contraloría General de la República, Subdirector de CORTOLIMA, asesor de la Presidencia del Fondo Nacional del Ahorro y Gestor en la Agencia de Renovación del Territorio (ART).
Trámites
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Aportar al cumplimiento de las líneas estratégicas de la DANCP.
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Aportar para la correcta implementación del proceso de consulta previa en todas sus fases.
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Liderar iniciativas en procura de la eficiencia del proceso de consulta previa.
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Programas, Proyectos o Iniciativas
Consolidar la escuela de formación sobre el derecho fundamental a la consulta previa.
Trámites
Gestionar de conformidad con la normatividad y regulaciones vigentes, las solicitudes de inicio de procesos de consulta previa bien sean por una orden judicial o por solicitud del ejecutor o parte interesada, y conducir el proceso hasta llevarlo a buen término garantizando el cumplimiento del derecho fundamental a la consulta previa.
Conoce las Funciones de la Dependencia
La Subdirección de Gestión de Consulta Previa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 16B del Decreto 2553 de 2019, tiene las siguientes funciones:

